Garantizar la objetividad en las investigaciones y procesamiento contra altos funcionarios del gobierno.
Proveer un foro neutral e independiente para dilucidar alegados o reales actos indebidos.
Integridad y justicia para un mejor Gobierno.
Le presentamos la página electrónica de la oficina del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente (PFEI). En ella, se provee nuevos recursos didácticos, accesos, información actualizada y la realidad sobre los trabajos realizados y logros alcanzados.
Es nuestro compromiso, facilitar el escrutinio público y que la ciudadanía pueda evaluar sin percepciones ajenas, la valía de nuestro esfuerzo permitiendo que el PFEI exponga sin limitaciones de clase alguna o intermediarios, el fruto de su labor en la lucha contra la corrupción.
Para el ciudadano común, la comunidad legal, el estudioso o la academia, esta página es un elemento vital de información que permite sopesar el alcance y legado sobre una misión cumplida con temple y voluntad. Representa además, una guía de referencia de estadísticas vitales.
Uno de los aspectos básicos para mantener a la ciudadanía informada, es establecer canales de comunicación que garanticen la transparencia de las acciones concertadas. Al servir a nuestro Pueblo con eficiencia, honestidad y rectitud, preservamos la integridad de las instituciones gubernamentales.
Como Presidenta del Panel sobre el FEI, los invito a todos para que utilicen este valioso recurso que demuestra la solidez y verticalidad de nuestras acciones.
Siendo depositario de la confianza de nuestro pueblo, el Panel continuará cumpliendo cabalmente con su misión y su deber ministerial, con el más fiel apego a los principios en que se fundamenta la Justicia.
Ygrí Rivera Sánchez
Distintas situaciones históricas reclamaron la independencia de criterio y del poder de influencias políticas, así como de otros intereses sobre la administración de la justicia. Mediante la Ley Núm. 2 de 23 de febrero de 1988, según enmendada, se creó la Oficina del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente para lidiar con el problema de la corrupción gubernamental en Puerto Rico. La oficina del Panel sobre el FEI comenzó a operar ese mismo año con un Panel integrado por tres Miembros en Propiedad y dos Miembros Alternos; todos exjueces.
En reconocimiento a su vigencia en la constante lucha contra la corrupción, nuestra Ley Habilitadora ha sido enmendada y fortalecida en varias ocasiones. A continuación se incluye una lista de estas enmiendas, con un resumen de su propósito:
1. Ley 19-1990, concede al Panel la facultad de acudir directamente ante la Asamblea Legislativa a solicitar su Petición Presupuestaria;
2. Ley 276-1998, delimita la categoría de exjueces a formar parte del Panel y el término de su cargo;
3. Ley 40-2003, requiere al Fiscal Especial Independiente contar con la aprobación del Panel, para poder aceptar u ofrecer alguna alegación preacordada;
4. Ley 24-2005, dispone que los Miembros del Panel y los Fiscales no podrán intervenir en asuntos que presenten o aparenten presentar un conflicto de intereses con el asunto objeto de mandato;
5. Ley 110-2005, establece el requisito de seis años de experiencia previa en el campo penal, para los abogados a ser designados a la función de FEI; y
6. Ley 202-2006, extiende a los Miembros del Panel, la prohibición de participar en actividades político partidistas.
Como todo organismo dinámico que sirve a los mejores intereses de la justicia y los individuos, el PFEI se ha propuesto reformar varios aspectos de vital importancia para el mejor funcionamiento de la institución. Por ello, nuestra acción colaboradora con la gestión de los Poderes Ejecutivo y Legislativo va dirigida a cuatro elementos fundamentales:
Fortalecer la institucionalidad del Panel como foro neutral e independiente.
Ampliar la jurisdicción y facultades del Panel para emplear su experiencia y peritaje en nuevas modalidades relacionados con los delitos de corrupción.
Promover la colaboración de los ciudadanos en la misión de asegurar la integridad y solvencia moral de la gestión pública, facilitando su acceso directo al Panel.
Asegurar que se procesen y resuelvan rápidamente los actos ilegales atribuibles a funcionarios o exfuncionarios gubernamentales.
Amparados en más de tres décadas de acción inequívoca, irrefutable y constatable en combatir la corrupción en todos los ámbitos de la gestión gubernamental, en el 2012 se aprobaron cuatro nuevas leyes para implantar medidas adicionales para fortalecer la infraestructura administrativa, fiscal y operacional de nuestra institución.
Mediante la Ley 2-2012, se estableció un término para que el Departamento de Justicia le notifique al Panel sobre el FEI la fecha en que recibió información sobre la comisión de actuaciones que pudieran ser objeto de investigación y posterior referido.
La citada Ley amplía también la jurisdicción sobre otros funcionarios públicos. Dispuso expresamente la facultad del Panel sobre el FEI para recibir referidos del Gobernador de Puerto Rico y de otras instituciones con funciones investigativas.
La Ley 3-2012, dispuso que el Panel sobre el FEI tendrá la prerrogativa de determinar si amplía el alcance de la encomienda al fiscal especial independiente para que incluya a otros funcionarios que pudiesen haber participado en la comisión de los delitos imputados al funcionario público sujeto a nuestra jurisdicción.
A través de la Ley 4-2012, se amplió el alcance de la autonomía administrativa y fiscal concedida al Panel sobre el FEI, definiendo las funciones y responsabilidades del Presidente del Panel, como principal funcionario ejecutivo a cargo de dirigir y administrar la oficina del PFEI.
El Plan de Reorganización 1-2012, transfirió al Panel la facultad para entender y resolver las querellas y procesos disciplinarios contra Alcaldes, Alcaldesas o Funcionarios Municipales Electos.
Siendo depositario de la confianza de nuestro pueblo, el Panel continuará cumpliendo cabalmente con su misión y deber ministerial, así como con el más fiel apego a los principios en que se fundamenta la Justicia.

Esta publicación promueve un esfuerzo educativo y didáctico, cuyo principal objetivo es que nuestro Pueblo aquilate de primera mano el historial, la vigencia y la trayectoria de este instrumento vital que ha demostrado ser fundamental en la lucha contra la corrupción gubernamental.
Descargar libroLa Lcda. Ygrí Rivera Sánchez, Presidenta del Panel, posee el grado de Juris Doctor de la Escuela de Derecho de la Universidad Interamericana y una Maestría en Estudios Judiciales de la Pontificia Universidad Católica de Puerto Rico. Posee una extensa trayectoria en la judicatura, habiendo sido Jueza tanto del Tribunal de Apelaciones como del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, donde presidió, por alrededor de 16 años, una sala de lo criminal. Es y ha sido miembro de diferentes comités y comisiones del Tribunal Supremo, entre los que se destacan el Comité Asesor Permanente de Instrucciones al Jurado, Comité Especial para la Revisión del Proyecto de Reglas de Conducta Profesional de Puerto Rico, Comité de Disciplina Judicial, Comisión de Reputación, y el Comité de Redactores y Correctores de la Junta de Reválida. En la actualidad, es Comisionada Especial del Tribunal Supremo. Una mujer de mesura, análisis crítico y rectitud, le han imprimido esta perspectiva a los trabajos del Panel.
El Lcdo. Rúben Torres Vélez posee el grado de Juris Doctor de la Escuela de Derecho de la Universidad Interamericana de Puerto Rico. Comenzó su extensa trayectoria de 40 años en el servicio público en el Departamento de Hacienda, donde trabajó como Auditor de Contribuciones, Bienes Muebles, Herencia y Donaciones. Se desempeñó como Fiscal Auxiliar del Tribunal del Distrito de Arecibo, Fiscal Auxiliar y Fiscal de Distrito, dirigiendo las Fiscalías de Arecibo y Utuado. Fue designado Juez Superior donde atendió las salas de Arecibo y Utuado hasta su retiro de la judicatura. Desde el año 2011 es Miembro en Propiedad del Panel, destacándose como el miembro que ha ocupado dicho cargo por mayor tiempo en la historia del PFEI. Por los pasados 14 años ha servido integra y verticalmente al pueblo puertorriqueño en la lucha contra la corrupción gubernamental.
La Lcda. Leila Rolón Henrique posee el grado de Juris Doctor de la Escuela de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Puerto Rico. Laboró como Abogada Defensora de la Sociedad para Asistencia Legal. Fue designada como Jueza Superior del Tribunal del Tribunal de Primera Instancia, cargo que ocupó hasta el vencimiento de su término. Durante su trayectoria como Jueza, estuvo destacada en el Tribunal de Ponce donde atendió casos criminales de adultos y menores, civiles y de asuntos de familia. Con una amplia visión como jurista, se integra a los trabajos del Panel.

Presidenta
Exjuez del Tribunal de Apelaciones. Antes de retirarse como juez del mencionado tribunal, laboró como Juez Superior. Se desempeñó además, como Secretaria del Departamento de Corrección y Rehabilitación, en cuyas funciones tenía a su cargo dirigir seis (6) agencias gubernamentales. Ejerció como Presidenta de la Junta de Libertad Bajo Palabra, entre otras muchas funciones durante una trayectoria dedicada al servicio público por más de 41 años, previo a ser designada como Miembro del Panel, en el cual ha laborado desde octubre de 2010 hasta el presente.

Miembro en Propiedad
Exjuez delTribunal Superior. Anteriormente se desempeñó como Fiscal Auxiliar, Fiscal deDistrito. Además, laboró en el Departamento de Hacienda, en el cual sedesempeñó como Auditor de Contribuciones, Bienes Muebles, Herencia yDonaciones. Cuenta con una trayectoria de 30 años en el servicio público. EsMiembro del Panel desde junio de 2011 hasta el presente.

Miembro en Propiedad
La licenciada Ygrí Rivera Sánchez, fue miembro del Tribunal de Apelaciones. En su expediente profesional se destaca una experiencia judicial de más de 20 años.
Perteneció a la Junta de Síndicos de la Universidad de Síndicos de la Universidad de Puerto Rico, donde incluso, presidió ese organismo.En la actualidad, funge como comisionada de la Comisión de Reputación de Aspirantes al ejercicio de la Abogacía del Tribunal Supremo de Puerto Rico y Comisionada especial para Procedimientos Disciplinarios de los Abogados.
La licenciada Rivera posee un doctorado de la Universidad Interamericana y una Maestría en Estudios Judiciales de la Universidad Católica de Ponce.

Miembro en Propiedad
La Lcda. Luisa Colom García posee el grado de Juris Doctor de la Escuela de Derecho de la Universidad Interamericana de Puerto Rico. Con una experiencia de 25 años de servicio, ha sido Jueza Municipal, Jueza Administradora del Tribunal de Distrito de Guaynabo, Jueza Superior y Jueza del Tribunal de Apelaciones. Ocupa la posición de Miembro Alterno del Panel.
La Lcda. Olga Birriel Cardona posee el grado de Juris Doctor de la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico. Su trayectoria en la judicatura comprende las designaciones como Jueza Municipal de Peñuelas, Tribunal de Guayanilla, Sala de Investigaciones de Ponce, Sala de Investigaciones del Centro Judicial de San Juan y Jueza del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. Fue designada para desempeñarse como Miembro Alterno del Panel.
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